La utilización de Teorìas, Doctrinas, Inventos; o, Ideas Originales, existentes en el Blog “Ekilibrio Talento” www.ekitalento.blogspot.com, pagar a su Autor Leonidas M. Bustamante Fierro. Derechos de Autor Reservados.

domingo, 20 de abril de 2014

Las Personalidades Artificiales Ilegales y la Tortura en Contrainteligencia, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

A conductas orígen de quejas contínuas y por meses o años, es deber; además, de trabajo, de los Doctrinarios en Derecho y Legisladores, aprobar sus normas, o, a estas estudiarlas.

Algunos que se denominan Contrainteligencia, tienen las actividades ilegales de promover la producción de personalidades artificiales en las personas, grupos, naciones. El problema es cuando no administran las finitas personas, finitos grupos, finitas naciones; expresan, para evitar identificar indicios de sus ilegales actividades. Hasta sus propios familiares puede sufrir cambios artificiales de la personalidad.

Es preciso, prohibir la actividad de esta Contrainteligencia, por ser su actividad ilegal, su Principio “cualquier actividad pueden hacer”, es su cubierta, dicen. La legislación no existe para este grupo de funcionarios y seguidores. Recuerdan a Moisés expresando al Faraón “Sí no das libertad al pueblo de Israel, serás castigado”, y, tiempo después, murió el hijo primogénito del Faraón, o, a Herodes, ordenando la muerte de los primogénitos de toda una nación para evitar el nacimiento del Mesías o el Salvador. Está escrito en la Biblia. No lo he leído en la Historia oficial.        
         
Oponerse a la ilegal Contrainteligencia –intereses de países, dirigido esta actividad por mediocres o ignorantes funcionarios y psicópatas-, significa no estar de acuerdo con Delitos, Faltas y el Daño; este último no es igual al Perjuicio del Derecho penal, es toda acción de ataque nuevo, elaborado por la inteligencia cibernética, no legislada que puede hacer Perjuicio.

De aquí, saltan a la Tortura.

En el año 2013 escribí, anular la personalidad es cambiar la personalidad. En otras palabras, cambio de la personalidad por ser propia de un ser vivo, no es estático; es decir, la persona sigue viviendo. El cambio de la personalidad es prueba plena, certeza, para acreditar el delito de Tortura.  

El pensamiento jurídico actual educa, el objetivo de la Tortura es “… la búsqueda de la aniquilación de la personalidad o el control social -La noción de tortura en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en http://www.corteidh.or.cr/tablas/r24796.pdf-”; este control social a través del cambio de la personalidad de las personas –por seguir viviendo- integrantes de las sociedades.

La persona expresa personalidades. En su personalidad de Escritor, la personalidad de escritor y cualidades originales que destacan expresando nuevas Personalidades: una Personalidad es mejor a las otras Personalidades o cualidades originales; en su personalidad de Periodista, la personalidad de periodista y cualidades originales que destacan expresando nuevas Personalidades: una Personalidad es mejor a las otras Personalidades o cualidades originales; en su personalidad de Artista, la personalidad de artista y cualidades originales que destacan expresando nuevas Personalidades: una Personalidad es mejor a las otras Personalidades o cualidades originales; en su personalidad de Político, la personalidad de político y cualidades originales que destacan expresando nuevas Personalidades: una Personalidad es mejor a las otras Personalidades o cualidades originales. Semántica de Rae.

La tortura es la anulación de una de estas personalidades de la Persona: Escritor,  Periodista, Artista, Político, no es la anulación de la Personalidad en absoluto, es incapacitar una Personalidad, incapacitación temporal de una Personalidad; acreditado en el derecho penal procesal con un estudio de la Personalidad.

Los torturadores planifican no dejar huellas en la tortura, su modus operandi, realizan Delitos  metódicos. En esa dirección, existen opiniones de defensa, “La Corte ha dicho que la defensa de los Estados no puede sustentarse en la incapacidad de los demandantes de aportar pruebas, especialmente cuando es el Estado quien tiene el control de los medios probatorios”, La noción de tortura en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en http://www.corteidh.or.cr/tablas/r24796.pdf  

Semántica:

1.- personalidad.(De personal). Conjunto de características o cualidades originales que destacan en algunas personas.; f. Persona de relieve, que destaca en una actividad (…). Diccionario Rae.

2.- Anular.- tr. Incapacitar. Rae.  

CODIGO PENAL

Artículo 321.- TorturaEl funcionario o servidor público o cualquier persona, con el consentimiento o aquiescencia de aquél, que inflija a otro dolores o sufrimientos graves, sean físicos o mentales, O LO SOMETA A  condiciones o MÉTODOS QUE ANULEN SU PERSONALIDAD o DISMINUYAN SU CAPACIDAD FÍSICA O MENTAL, AUNQUE NO CAUSEN DOLOR FÍSICO o AFLICCIÓN PSÍQUICA, con el fin de obtener de la víctima o de un tercero una confesión o información, o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, O DE INTIMIDARLA O DE COACCIONARLA, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años. (…).
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA

Artículo 2°.- Para los efectos de la presente Convención se entenderá por tortura todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, (…) como medio intimidatorio, (…). Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos TENDIENTES para anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o( dice “o” no “y”) mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica.  

El Código Penal establece la anulación de la personalidad, hecho consumado; mientras la CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA, expresa, métodos tendientes para anular la personalidad, hecho de anulación de la personalidad no consumado.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Artículo 2°.1 Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y  física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.   

JURISPRUDENCIA

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CASO GOMES LUND Y OTROS (“GUERRILHA DO ARAGUAIA”) VS. BRASIL , SENTENCIA DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2010

- 122. “… el Tribunal lo ha establecido, el sometimiento de detenidos a cuerpos represivos oficiales, agentes estatales o particulares que actúen con su aquiescencia o tolerancia que impunemente practiquen la tortura (…) representa, por sí mismo, una infracción al deber de prevención de violaciones a los derechos a la integridad personal (…), establecidos en los artículos 5 (…) de la Convención Americana, aún en el supuesto de que no puedan demostrarse los hechos de torturas…”.

 CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CASO BAYARRI VS. ARGENTINA, SENTENCIA DE 30 DE OCTUBRE DE 2008

- 81. La tortura (…) están estrictamente prohibidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La prohibición absoluta de la tortura, tanto física como psicológica (…).
- 84. (…) la mencionada Sala I valoró, a partir de los exámenes médicos realizados a la víctima durante las dos primeras semanas de su detención, que el señor (…) presentó lesiones (…).
- 86. (…) el 25 de agosto de 2005 la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal consideró que “el cúmulo de elementos reunidos […] permite otorgar sustento a la versión (…) en cuanto al padecimiento de torturas”.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANO, CASO MARITZA URRUTIA VS. GUATEMALA, SENTENCIA DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2003

- 94. En el caso sub judice está demostrado que (...) fue sometida a actos de violencia psíquica al ser expuesta a un contexto de angustia y sufrimiento intenso de modo intencional, de acuerdo con la práctica imperante en esa época (supra párr. 58.4, 58.5 y 58.6). Además, la Corte estima que los actos alegados en el presente caso fueron preparados e infligidos deliberadamente para anular la personalidad y desmoralizar a la víctima, lo que constituye una forma de tortura psicológica, en violación del artículo 5.1 y 5.2 de la Convención(...). 

Del escrito “La Tortura en la Guerra No Convencional(2012), Telepatía o Intercomunicación Mental, en ContraInteligencia”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/10/doctrina-la-torturaen-la-guerra-no.html#links

Ate, 20 de Abril del 2014

Leonidas M. Bustamante Fierro
              El Autor


martes, 25 de febrero de 2014

Defensa del Corazon en la Guerra No Convencional, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

Hace algunas semanas, alguien creyòse hallar el ataque certero al corazón.

Aquellos ataques superados por las defensas “la voluntad”, “Autorización expreso”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro.

El cuerpo es equilibrado, dividido en dos partes, lo que ocurre en un lado afecta al otro lado.

Atacando el corazón, un lado ¿Y, en el otro lado –preguntò quien se defiende-, no hay aparente sensación de ataque?

Finalizàndose el ataque.

Ate, Lima, 25 de Febrero del 2014

Leonidas M. Bustamante Fierro
             El Autor

jueves, 30 de enero de 2014

La utilización, por Lucro, del Via Satelite, Radar, Laser, contra Civiles o Naciones, en una Guerra No Convencional o No, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

Los científicos legales, dicen, los estudios deben ser objetivos.
Los penalistas, en pruebas certeza.
Los criminalistas-investigadores, en indicios.

- Es una vivienda, de nombre Manzana “L”, Lote “10”.
- Otra casa, adyacente, del mismo nombre “L”, Lote “9”.
- Estas viviendas están ubicadas en un lugar estratégico, por las vias o pistas, y es zonificación residencia.
- Los apellidos de los dueños de las viviendas, “Mendoza” es de uno, “Laredo” es el apellido del segundo dueño.
- Mendoza es alcohólico.
- Las viviendas tienen edificación primer nivel, construcción incipiente.
- Ambas familias manifiestan bajos recursos. Pueden perder dichas viviendas.

Estas realidades se repiten en varios lugares.

¿Quienes saben de otros lugares en qué se repiten estas realidades?

Existe una política ilegal, y por lucro, de apropiarse de propiedades o bienes utilizando Via Satelite, Radar, Laser, contra Civiles o Naciones, en una Guerra No Convencional o No, disminuyendo la personalidad, dominando a la persona o grupos o colectivos, expresan algunas investigaciones, estudios, críticas.

Guerra significa muertes, o, también, vidas.

¿Serán indicios, las viviendas, vecinos, y realidades, citadas?

Ate, 30 de Enero del 2014

Leonidas M. Bustamante Fierro
                El Autor






martes, 29 de octubre de 2013

Teorías de la Defensa Múltiple en Contrainteligencia(07/05/13), Autor Leonidas Bustamante Fierro

La defensa múltiple significa varias veces la defensa. 3 veces, 7 veces, 400 veces, 1,000 veces, 2,000 veces, 1´000,000 de veces, por ejemplo.

Jamás se debe utilizar ataques o sistema “Eliminar” en Contrainteligencia. Por eso, en defensa de una población o poblaciones o naciones existe la “Defensa inactiva”; el enemigo expresa “atacaste”, por eso, “te ataco”, por ejemplo. Quien se defiende no ataca; no es ataque, es defensa. El ataque invocado por el enemigo es para la no continuación de sus ataques persecutorios,es un autoataque, es “ataque inocuo”, sin daño. Es doctrina defensa; esta es, la defensa no es ataque.

“Defensa futura”, inactiva. Resuelve el problema de los ataques seguidos.

La defensa es no creer en el mal, este no existe.

Si la persona cree en el ataque o en el mal; este ataque tiene efectos o el mal se convierte enfermedad o el mal se hace realidad.

La defensa es inactiva, se activa por quien ataca.

Del escrito “Visión de cualquier sistema: hacer el bien”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro”, en http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/anos-2009-2010-cualquier-procedimiento.html;  “La información acumulada pragmática en la Inteligencia formal”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en  http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/la-informacion-acumulada-pragmatica-en_28.html; “Defensas en el sistema(sistemas), principios o reglas”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/01/defensas-principios-o-reglas- autor.html; “La Defensa del Estado en Contrainteligencia”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/02/normal-0-21-false-false-false-es-pe-x.html; “Teniendo un sistema perfecto, hacer el mal, es ser imbécil”(Año 2009), Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/04/sistema-perfecto-hacer-el-mal-es-ser.html; Teoría "La Defensa Automática en la Defensa Múltiple en las Guerras No Convencionales, Telepatìa o IntercomunicaciònMental", Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/06/la-defensaautomatica-en-la-defensa.html#links.

Ate, 29 de Octubre del 2013(26/10/2016) 

Leonidas M. Bustamante Fierro
                  El Autor


jueves, 24 de octubre de 2013

Doctrina “La Tortura en la Guerra No Convencional(2011), Telepatía o Intercomunicación Mental, en ContraInteligencia”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

El Código Penal, en su Artículo 321°, establece el delito de Tortura cuando “el funcionario o servidor público o cualquier persona, con el consentimiento o aquiescencia de aquél(del funcionario o servidor público), (…) -SOMETE A LA PERSONA HUMANA- A  CONDICIONES O MÉTODOS QUE ANULEN SU PERSONALIDAD…”.

Anular la personalidad es cambiar la personalidad. En otras palabras, cambio de la personalidad por ser propia de un ser vivo, no es estático.

El cambio de la personalidad es prueba plena, certeza, para acreditar el delito de Tortura, conforme está legislado de manera expresa en el Código Penal; por ejemplo, si antes era alegre, ¿Porqué Ud. Es serio o seria, en su personalidad, puede Ud. Explicar? El Fiscal tiene el camino evidente para formular la denuncia.

Los torturadores delincuentes planifican no dejar huellas en la tortura, su modus operandi, por ser delito contra la humanidad, grave.

Ya tienen la prueba fehaciente legislado expreso en su defensa, la persona humana: el cambio de la personalidad de los ciudadanos. Téngase presente, el delito de Tortura es un delito contra la humanidad legislado en el Derecho Penal; es decir, es delito contra un grupo o grupos, ese es su esencia.

Tienen, además, de planificación, la no presencia de la víctima en las investigaciones preliminares penales, procesos penales.

Existiendo prueba plena, la víctima o conexos, no deben asistir a las investigaciones oficiales. El objetivo es castigar, en aplicación del principio de subsidiariedad del derecho penal – y prevenir el delito en la sociedad- al delincuente torturador, éste por no ser cualquier delincuente, es un profesional; y, no originar problemas a las víctimas.

Código Penal de Perú

DELITOS CONTRA LA HUMANIDAD

Artículo 321.- Tortura

El funcionario o servidor público o cualquier persona, con el consentimiento o aquiescencia de aquél, que inflija a otro dolores o sufrimientos graves, sean físicos o mentales, O LO SOMETA A  CONDICIONES O MÉTODOS QUE ANULEN SU PERSONALIDAD o DISMINUYAN SU CAPACIDAD FÍSICA O MENTAL, aunque no causen dolor físico o AFLICCIÓN PSÍQUICA, con el fin de obtener de la víctima o de un tercero una confesión o información, o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, O DE INTIMIDARLA O DE COACCIONARLA, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años. (…).


Del escrito “Visión de cualquier sistema: hacer el bien”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro”, en http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/anos-2009-2010-cualquier-procedimiento.html;  “La información acumulada pragmática en la Inteligencia formal”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en  http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/la-informacion-acumulada-pragmatica-en_28.html; “Defensas en el sistema(sistemas), principios o reglas”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/01/defensas-principios-o-reglas- autor.html; “La Defensa del Estado en Contrainteligencia”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/02/normal-0-21-false-false-false-es-pe-x.html; “Teniendo un sistema perfecto, hacer el mal, es ser imbécil”(Año 2009), Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/04/sistema-perfecto-hacer-el-mal-es-ser.html; Teoría "La Defensa Automática en la Defensa Múltiple en las Guerras No Convencionales, Telepatìa o IntercomunicaciònMental", Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/06/la-defensaautomatica-en-la-defensa.html#links.

Ate, 10 de Agosto del 2013

Leonidas M. Bustamante Fierro
                 El Autor


jueves, 26 de septiembre de 2013

Teoría la Defensa en Contrainteligencia en los Discursos en la Guerra no Convencional de la Telepatía o Intercomunicación Mental, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

Se acredita en estas guerras no convencionales, la intervención ilegal mediante la Telepatía o Intercomunicación Mental, en los discursos de políticos, líderes, conexos. 

La Defensa es que las propias vocales de las palabras en la oratoria son las defensas inactivas. Teniendo en cuenta la Teoría de la Defensa Múltiple Autor Leonidas M. Bustamante Fierro. 

El discurso debe ser libre. 


Del escrito “Visión de cualquier sistema: hacer el bien”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro”, en http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/anos-2009-2010-cualquier-procedimiento.html;  “La información acumulada pragmática en la Inteligencia formal”, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en  http://ekitalento.blogspot.com/2012/01/la-informacion-acumulada-pragmatica-en_28.html; “Defensas en el sistema(sistemas), principios o reglas”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/01/defensas-principios-o-reglas- autor.html; “La Defensa del Estado en Contrainteligencia”, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/02/normal-0-21-false-false-false-es-pe-x.html; “Teniendo un sistema perfecto, hacer el mal, es ser imbécil”(Año 2009), Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/04/sistema-perfecto-hacer-el-mal-es-ser.html; Teoría "La Defensa Automática en la Defensa Múltiple en las Guerras No Convencionales, Telepatìa o IntercomunicaciònMental", Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://ekitalento.blogspot.com/2013/06/la-defensaautomatica-en-la-defensa.html#links.

Ate, 26 de Septiembre del 2013

Leonidas M. Bustamante Fierro
           DNI.N°06562758


viernes, 28 de junio de 2013

Teoría "La Defensa Automática en la Defensa Múltiple en las Guerras No Convencionales, Telepatìa o IntercomunicaciònMental", Autor Leonidas M. Bustamante Fierro

Tiempos de guerra mental, inventé “la defensa no es ataque”. Además, “la defensa lo activa quien ataca”, Autor, Leonidas M. Bustamante Fierro. Por tanto, no hay responsabilidad administrativa, civil, penal, conexo, de la persona o grupos, por su defensa.

En las guerras mentales, existen reglas propias. Los atacantes no te preguntan “te voy a eliminar”, “matar”, “accidentar”. Te eliminan o “te atacan sin preguntar”, esta regla es Principio de estos atacantes.

Para superar estas guerras mentales, suficiente “la defensa lo activa quien ataca”; esta es la garantía de ningún reclamo, administrativo, civil, penal, de quien o quienes se defienden.

Sin perjuicio de lo citado, de la misma manera que el atacante no pregunta para eliminar o atacar a la persona o grupos, quien se defiende no le pregunta al atacante “¿Puedo hacer mi defensa?”.

Estas Doctrinas, es concordante con lo expresado en el siguiente párrafo.

Descubrí, la voluntad o el consentimiento es Principio o Ley en las Guerras No Convencionales, Telepatìa o Intercomunicaciòn mental; “Si te enfermas, es tu voluntad o consentimiento”, “si mueres, es tu voluntad o consentimiento”, “si te accidentas, es tu voluntad o consentimiento”.

Respecto, a la Defensa Automática, es la defensa(Principio: la persona humana tiene derecho a la integridad física, psíquica, norma constitucional legislado), conforme a su propia palabra, Automático o inmediato, frente al “ataque, ineficaz o no hay delito o daño, del atacante; es decir, el ataque no produce daño. No debe existir duda respecto a la defensa automática, es la voluntad(Principio) del atacante de activar la defensa de quien se defiende; en este caso, el atacante activa el sistema de defensa de la persona, integrada de Principio o Ley en el sistema de las Guerras No Convencionales, Telepatìa o Intercomunicaciòn mental.

En tal sentido, los civiles en absoluto, militares legales, policiales legales, agentes de inteligencia legales, pueden estar tranquilos, los mismos atacantes, de voluntad, aceptan la Defensa Automática, hasta la Defensa Múltiple; Doctrinas en 
las Guerras No Convencionales, Telepatìa o Intercomunicaciòn mental.

Téngase en cuenta, el “sistema” o Ley “Eliminación”, utilizado por los atacantes, en las Guerras No Convencionales, Telepatía o Intercomunicación mental, es la disminución de la persona humana o grupo o grupos de personas, su daño o su extinción. Los atacantes utilizan “Eliminar” y este actúa en la vida, en la sociedad, de manera libre, autónoma. Es cosa seria esta Ley “Eliminación”; además, de sus perfectas apariencias.

Y la Defensa Automática también es autónoma, siendo Principio o Ley, no necesita invocarse a cada rato: lo activa quien ataca; es protección eterna, del individuo, grupos, Nación, Naciones, humanidad.

De los escritos, Teorías de la Defensa Múltiple, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en www.ekitalento.blogspot.com/2013/05/normal-0-21-false-false-false-es-x-none.html#links; Defensas en el sistema(sistemas), principios o reglas, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en www.ekitalento.blogspot.com/2013/01/defensas-principios-o-reglas-autor.html#links; Doctrina “Creer y no creer”, en el sistema de intercomunicación mental, Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en www.ekitalento.blogspot.com/2012/10/doctrina-creer-y-no-creer-en-el-sistema.html#links; La telepatía y hacer el bien, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en www.ekitalento.blogspot.com/2012/03/la-telepatia-y-hacer-el-bien-la.html#links; Visión de cualquier sistema: hacer el bien, Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, en www.ekitalento.blogspot.com/2012/01/anos-2009-2010-cualquier-procedimiento.html#links.

Ate, 28 de Junio del 2013

Leonidas M. Bustamante Fierro
                   El Autor